
Una medida cautelar ordenó el embargo preventivo de fondos de la minera surcoreana tras la rescisión de un contrato de obra vinculado al proyecto Sal de Oro. La jueza consideró que existían negociaciones abiertas entre las partes que podían verse alteradas de forma irreversible.
Un conflicto contractual que terminó en la Justicia
La Justicia de Salta hizo lugar a una medida cautelar presentada por una empresa local de servicios mineros y ordenó embargar a la minera surcoreana POSCO por una cifra que supera los USD 350.000. La resolución judicial marca un nuevo capítulo en la conflictiva relación que la compañía asiática viene teniendo con distintos proveedores y contratistas locales desde su instalación en la provincia.
El origen del conflicto: la obra en la Puna
La causa se inició por un desacuerdo vinculado a la obra del proyecto «Sal de Oro», el emprendimiento de litio que POSCO desarrolla en la Puna salteña. En el marco de ese proyecto, la empresa contratista había sido convocada para avanzar en la construcción de una estación de bombeo y una tubería correspondiente al acueducto del yacimiento minero.
Los inconvenientes durante la ejecución
Según la presentación realizada por la firma local, durante el desarrollo de los trabajos surgieron múltiples inconvenientes que, a su entender, resultaban ajenos a su responsabilidad. Entre ellos, la empresa mencionó problemas logísticos propios de la operatoria en la Puna, falta de alojamiento adecuado para el personal afectado a la obra, demoras en la provisión de materiales necesarios para continuar los trabajos, y modificaciones introducidas por la propia empresa contratante sobre el desarrollo de las tareas.
La rescisión del contrato
Pese a esas circunstancias, la contratista sostuvo que POSCO decidió rescindir el contrato en abril de 2026, atribuyéndole un supuesto abandono de obra. Según el planteo de la empresa local, esa rescisión se produjo sin que previamente se realizara una liquidación definitiva y consensuada de las obligaciones económicas pendientes entre ambas partes.
Los fundamentos de la resolución judicial
En su resolución, la jueza a cargo de la causa señaló que existían negociaciones abiertas entre las partes respecto de la liquidación final del contrato y de los montos que cada una reclamaba. En ese marco, consideró que permitir que una de las partes ejecutara de manera unilateral las garantías económicas en disputa podía alterar de forma irreversible la situación patrimonial de la empresa local, antes de que se resolviera el litigio principal.
La magistrada también destacó el principio de buena fe que debe regir la ejecución de los contratos comerciales, y entendió que una eventual ejecución de los seguros de caución y avales bancarios por parte de POSCO podría ocasionar graves perjuicios financieros para la empresa demandante.
El detalle del embargo dispuesto
Además de ordenar una medida de no innovar, el juzgado dispuso un embargo preventivo sobre fondos de la empresa de capitales surcoreanos por un total de USD 298.136, monto que, según la resolución judicial, correspondería a un saldo bruto que la propia POSCO habría reconocido durante las negociaciones previas con la contratista. A esa suma se agregaron USD 59.627,20 estimados para cubrir intereses y accesorios legales, lo que eleva el total del embargo a más de USD 350.000.
La medida deberá efectivizarse sobre las cuentas bancarias de la empresa mediante un oficio dirigido al Banco Central de la República Argentina, que a su vez notificará la disposición a todas las entidades financieras del país.
El contexto: una relación tensa con los proveedores locales
Este nuevo conflicto se suma a una serie de cuestionamientos que distintos actores del sector minero vienen realizando contra POSCO en los últimos años. Referentes de cámaras de proveedores mineros de la provincia habían señalado en reiteradas ocasiones dificultades en la relación comercial con la compañía surcoreana, además de denuncias previas vinculadas a la contratación de personal y al cumplimiento de la Ley de Promoción Minera provincial, que exige un porcentaje mínimo de trabajadores locales en las obras y servicios mineros.
Qué puede pasar de acá en más
Con el embargo ya ordenado y la medida de no innovar vigente, la resolución definitiva del conflicto dependerá del avance del litigio principal entre POSCO y la empresa contratista, en el que ambas partes deberán definir judicialmente los montos correspondientes a la liquidación final del contrato rescindido. El caso vuelve a poner en discusión el vínculo entre las grandes empresas mineras internacionales y sus proveedores locales en la provincia de Salta, en un sector que atraviesa un fuerte crecimiento pero que también acumula tensiones contractuales de distinta naturaleza.



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